lunes, 27 de enero de 2020

III. Noticias y curiosidades ocurridas aquí en la historia. Acuerdos del Concejo de Plasencia que influyeron en la historia de Casas de Millán por Félix Domínguez López

Fuente⁴: Añadimiento del arquitecto Vicente Paredes Guillén. Cuaderno de notas folios: 38, 40, 42,112 y 170.
 
Ahora transcribo literalmente la montonera de noticias que nos ofrece el arquitecto Paredes Guillén en su manuscrito y que Sánchez Loro recoge en sus Historias Placentinas Inéditas, sobre la convivencia ciudadana en el gran territorio autonómico de Plasencia y su tierra, sobre el gobierno y concertación de los intereses sociales y particulares en unos municipios autonómicos, que gobernaban con autenticidad y sin trabas. Te recuerdo que Casas de Millán era de la jurisdicción de Plasencia.
 
Acuerdos del concejo de Plasencia, el 20 de Abril de 1.463. . . . donde “se prohíben comprar trigo ni centeno, hasta tanto que se siegue y empiece a trillar, de lo que se crie en Plasencia o su término.
 
Fernando de Avellaneda, Gomes de Soria, Luís de Hoyos, Juan Buezo regidores, mandaron que, el mayordomo que fuere a la dicha ciudad de aquí adelante, dé y pague en cada un año al concejo de Casas de Millán 3.000 maravedíes, de que compren dehesa para sus bueyes, y que corran desde S. Miguel primero en adelante, en cuanto sea su voluntad.
 
En estos 3.000 maravedíes ha de recaudar el dicho mayordomo de la dehesa que el dicho concejo de la dicha ciudad señalare, en que sean cogidos.
 
Y, si no señalare dehesa, lo ha de cobrar de las villas y lugares de Belvís y Almaraz y Serrejón y Casatejada y Saucedilla y el Toril, que lo han de repartir entre sí, porque si no señalare la dicha dehesa, el concejo de Arañuelo tiene de dar pagados estos maravedíes al dicho concejo horros de diezmo y de alcabala y de toda cosa; y se pague en fin de Mayo de cada año.
 
Y, otrosí, que se entienda que la dehesa de bueyes que le tenía dada quede para pasto común, pues que se les paga. Testigos. . . etc.” «cuaderno de notas, folio 38 vuelto ».
 
Nota

Los impuestos más corrientes en esta época de la Edad Media eran entre otros
 
• Portazgo: Impuesto que corresponde al señor sobre el tráfico de mercancías.
• Montazgo: Impuesto sobre el movimiento de ganado.
• Martiniega: Tributo en especie que se abonaba al finalizar la recolección por el individuo que detentaba la propiedad de la tierra.
• Alcabalas: Era el diezmo de todas las operaciones mercantiles que se realizaban en un determinado territorio. En tierras de Plasencia suponía más del 50% de los ingresos señoriales.
• Humazgo: Tributo que cobra el señor por permitir la construcción de edificaciones en sus tierras.
• Diezmo: Tributo en especie que consistía en entregar la décima parte de la cosecha o de los frutos a la Iglesia.
 
Acuerdos del concejo de Plasencia el 19 de Diciembre de 1.463… “sobre « entre otras cosas », dar licencia al concejo de Casas de Millán, para que puedan matar los perros que entren en las viñas cuando tengan fruto y a los perros de los ganaderos que no lleven campanillo.
 
Acordaron dar carta para el concejo de Casas de Milán para que los dueños de viñas puedan matar los perros que entren en ellas cuando tengan fruto y lo mismo los perros de los ganados que no lleven campanillo; y que puedan penar a todo ganado que en cualquier tiempo entre por las viñas…” «cuaderno de notas, folio 40 vuelto ».
 
Nota
 
Amigo lector, esto era proteger los campos. En aquella época la tierra y la agricultura eran fundamentales.
 
Acuerdos del concejo de Plasencia, el 12 de Octubre de 1464, dando licencia a los recueros para traer vino de Casas de Millán y de Malpartida.
 
“... dieron licencia a los recueros de la ciudad, para traer vino.
Idem, a Francisco de Trejo, para que lo traiga de las viñas de Casas de Millán.
Idem, al tabernero de Malpartida. ...” «cuaderno de notas, folio 45 ».
 
Testimonio de los asientos hechos en el libro de la moneda forera el año 1.482, por Francisco de Cepeda, recaudador de los Duques de Plasencia.
 
... el arrendamiento de la moneda forera de las aldeas menudas, que se arrendaron en dicho año 1.482 y se recogió en el año de 1.483, en “Casas de Omillán” con el Puerto del Castaño y las Casas de Gómez y la Serradilla, con los lugares de. . . etc.” «cuaderno de notas, folio 112».
 
Proceso causado en 1.494, contra los lugares del de Plasencia y caballeros particulares, para que se contribuyesen a los gastos hechos por la ciudad en recuperación de tierras usurpadas y repartimientos que hicieron.
 
Fueron ejecutados a instancia de Arias de Tejeda, que presentó las reales cartas con las que requirió su cumplimiento, ante el corregidor Antonio de Cornejo:
 
Yo, el licenciado Antonio Cornejo, oidor del consejo del rey y de la reina, nuestros señores, juez y corregidor desta ciudad de Plasencia y su tierra por Sus Altezas y juez comisario dado y diputado en la causa y cierta averiguación, que de suyo se hará mención, por virtud de una carta patente de sus Altezas, librada de los del su muy alto consejo y sellada con un sello de cera coloreada en las espaldas, su tenor de la cual es éste que sigue: « en esta carta de los Reyes Católicos demandan a los señores y concejos que gozan donadíos que tenían usurpados grandes latifundios que pertenecían a la jurisdicción de Plasencia que paguen los gastos que supone para Plasencia recuperar esas tierras ».
 
Don Fernando y doña Isabel, por la gracia de Dios rey y reina..., salud y gracia: Sepades que nos mandamos dar carta y sobre-carta, cuyo tenor es este:
 
“. . . relación de los lugares y vecinos de Plasencia y su tierra para que este repartimiento que se ha de hacer, sacada por información de testigos y por algunos de los libros de los sesmeros y por los contadores que están en uso, tomados por mí, el antedicho escribano:... « sigue una relación de lugares con el número de vecinos donde aparece Casas de Millán, “cuaderno de notas, folio 170”. ».
 
Casas de Millán: 150 vecinos.

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Historias placentinas inéditas. Domingo Sánchez Loro. V. C Catálogusepiscoparumplacentinae. Cáceres 1.985

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